miércoles

TRABAJO DE AGC


        ÍNDICE:  
        -Sociedades cooperativas.

-Régimen de seguridad social de socios y administradores de la sociedad anónima

-Régimen de seguridad social de socios y administradores de la sociedad limitada.
     
-Régimen de seguridad social de socios y administradores de la sociedad cooperativa.            









Régimen de seguridad social de socios y  administradores de la sociedad   limitada.

-¿Qué es una sociedad limitada?
Es una sociedad mercantil, en la cual el dueño de dicha empresa es el que aporte más capital, por lo tanto   cualquier tipo de deuda económica será afrontada únicamente por el socio mayoritario.
Tiene personalidad jurídica propia y carácter mercantil, cualquiera que sea la naturaleza de su objeto. En la denominación de la sociedad deberá figurar necesariamente la expresión "Sociedad de Responsabilidad Limitada", "Sociedad Limitada" o sus abreviaturas "S.R.L." o "S.L".

-Características de la sociedad limitada.

 -Número de socios: mínimo de uno, sin existir límite máximo. En el caso de un único socio se crea una sociedad limitada unipersonal. Pueden ser personas físicas o jurídicas.

-Responsabilidad de los socios: solidaria entre ellos y limitada al capital aportado, de manera que los socios no responden ante las deudas con su patrimonio personal.

-Clase de socios: pueden ser socios trabajadores y/o socios capitalistas.

-Nombre o Denominación Social: deberá ser un nombre que nadie haya registrado antes, seguido de la expresión Sociedad de Responsabilidad Limitada o de la abreviatura S.R.L. o de Sociedad Limitada o su respectiva abreviatura S.L.

-Capital social: el mínimo legal es de 3.000 € totalmente desembolsado, sin existir límite máximo. Puede estar formado por aportaciones monetarias  o en especie, como por ejemplo un ordenador, una furgoneta o cualquier otro bien, siendo necesario disponer de una valoración de ese bien aceptada por todos los socios fundadores.

-División del capital social: en participaciones sociales, cuya transmisión tiene
ciertas limitaciones legales, contando siempre los demás socios con derecho de preferencia frente a terceros.

-Domicilio Social: lo normal es que sea la dirección en la que se ubica la empresa, debiendo estar en España. Un cambio de domicilio social dentro del mismo municipio puede ser aprobado por el Administrador pero para un traslado de municipio es necesario el apoyo en Junta de Socios.

-Objeto Social: es la actividad o actividades a las que se va a dedicar la empresa. Normalmente se prepara una relación relativamente amplia de actividades, con las inicialmente previstas y otras potenciales,  para evitar gastos administrativos en caso de ampliar actividades.

-Constitución: mediante estatutos y escritura pública firmados ante notario y presentados posteriormente en el Registro Mercantil. Será necesario detallar las aportaciones que realizan cada socio y el porcentaje de capital social que le corresponde

-Órgano de Administración y gestión: Existen varias opciones, debiendo optarse por una en los estatutos: Administrador único, una persona. Administradores solidarios, cada uno puede actuar por su cuenta y eso compromete a todos. Administradores mancomunados, deben actuar conjuntamente firmando siempre lo que limita y ralentizar el poder de representación. Consejo de Administración, tres o más administradores. En Estatutos se recogerá la duración del cargo, lo normal es hacerlo indefinido y, en caso de existir, la retribución.

-Responsabilidad de la gestión: recae sobre los administradores, no sobre los socios.

-Junta General  de socios: es el órgano máximo de deliberación y toma de decisiones. Se convoca por los administradores en los seis primeros meses del año para presentar la gestión realizada, aprobar las cuentas anuales y el reparto del resultado. Otros asuntos que suelen tratarse en las Juntas son las modificaciones en los estatutos y los nombramientos y ceses de administradores. Pueden convocarse con carácter ordinario o extraordinario y siempre que lo solicite socios que representen el 5% del capital social.

-Obligaciones fiscales: una sociedad limitada está obligada a tributar por el Impuesto de sociedades y el IVA.


Primero hemos comentado un poco lo que es y las características de una sociedad limitada para tener un poco de conocimiento sobre ella. Ahora bien, me dedico a explicar realmente de lo que va mi trabajo: El régimen de seguridad social de socios y administrativos de la sociedad limitada. Entra dentro de las características de la empresa.


-Régimen de seguridad social de socios y administrativos de la sociedad limitada.

  En el caso de los socios de responsabilidad limitada, se contemplan varios supuestos:
-Encuadramiento en el Régimen General de la Seguridad Social en la sociedad limitada.
Quedan incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social los socios trabajadores que presten servicios retribuidos en dos supuestos:
    • Cuando no formen parte del órgano de administración social.
    • Cuando formen parte de dicho órgano como administradores pasivos 
      o consejeros no ejecutivos, es decir, que no desarrollen funciones de dirección y gerencia de la sociedad, sino únicamente funciones consultivas y de asesoramiento.
En ambos supuestos la ley exige el requisito fundamental de que no posean un control efectivo de la sociedad. La Ley 50/1998 de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales Administrativas y del Orden Social establece que existe control efectivo de la sociedad en los siguientes casos:
      • Cuando las acciones o participaciones del trabajador supongan, al menos, la mitad del capital social.
      • Cuando concurra alguna de las siguientes circunstancias:
      • Que, al menos, la mitad del capital de la sociedad para la que preste sus servicios esté distribuido entre socios, con los que conviva, y a quienes se encuentre unido por vínculo conyugal o de parentesco por consanguinidad, afinidad o adopción, hasta el segundo grado.
§        Que su participación en el capital social sea igual o superior a la    tercera parte del mismo.
§        Que su participación en el capital social sea igual o superior a la cuarta parte del mismo, si tiene atribuidas funciones de dirección y gerencia de la sociedad.
§         En los supuestos en que no concurran las circunstancias anteriores, la Administración podrá demostrar, por cualquier medio de prueba, que el trabajador dispone del control efectivo de la sociedad.

-  Encuadramiento en el Régimen General de la Seguridad Social sin protección por desempleo ni Fondo de Garantía Salarial.                                                       Se encuadran en el Régimen General como asimilados a trabajadores por cuenta ajena, pero con exclusión de la protección por desempleo y Fondo de Garantía Salarial, los socios trabajadores que sean, a su vez, administradores activos retribuidos siempre que no posean el control efectivo de la sociedad.

         -Encuadramiento en el Régimen Especial de Autónomos.
Se incluyen obligatoriamente en el régimen Especial de los Trabajadores por cuenta propia o Autónomos quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejero o administrador, o presten otros servicios para una sociedad mercantil capitalista, a título lucrativo y de forma habitual, personal y directa, siempre que posean el control efectivo, directo o indirecto, de aquélla.


-Clasificación del régimen de la seguridad social que dispone cada empleado que forma una empresa de sociedad limitada según la función que realice


1. SOCIOS NO TRABAJADORES
Los socios capitalistas de sociedades mercantiles, esto es, que no realizan una actividad laboral en la sociedad, y únicamente obtienen rendimientos de las acciones o participaciones de la sociedad mediante dividendos no se incluyen en el sistema de la Seguridad Social. Sin embargo si el socio no trabajador es nombrado administrador activo y percibe una retribución por el desempeño del cargo deberá estar encuadrado:  
  • En el Régimen Especial de Autónomos en el supuesto de poseer el control efectivo de la sociedad.
  • En el Régimen General de la Seguridad Social, sin protección por desempleo ni por Fondo de Garantía Salarial, en el caso de no poseer el control efectivo de la sociedad.

2. TRABAJADORES NO SOCIOS.
Con carácter general, los trabajadores de la sociedad sin la consideración de socios están incluidos en el Régimen General de la Seguridad Social. Sin embargo, estos trabajadores pueden quedar incluidos en el Régimen Especial de Autónomos en dos supuestos:
  1. En el supuesto de que la Administración presuma que existe un control efectivo en la sociedad:
·        Existencia de parentesco y exista convivencia con el socio mayoritario de la sociedad.
·        Existencia de una relación laboral con una sociedad controlada por su familia (mitad o más del capital social), concurriendo los requisitos de parentesco y convivencia.
       2.  En el supuesto de que la Administración pruebe el control efectivo de la sociedad en base a vínculos familiares no comprendidos en la anterior presunción.

3. ADMINISTRADORES.
El órgano de administración de las sociedades mercantiles capitalistas tiene atribuido la representación de la sociedad, ostentando las mayores facultades de dirección y gerencia.
Para el encuadramiento en la Seguridad Social de los administradores la ley establece la siguiente distinción: 
1.      Administradores activos o consejeros ejecutivos:                                                             
2.                                                                                          Que son los que asumen efectivamente las funciones de dirección, ejecución, gestión y representación de la sociedad. Dentro de esta figura quedarían englobados el administrador único, administrador mancomunado o solidario, y consejero delegado.
La ley establece su inclusión en los distintos regímenes de la Seguridad Social atendiendo a su vez al criterio anteriormente expuesto del control efectivo de la sociedad.

               1.1 Régimen General con el exclusión de la protección de desempleo                                    Siempre y cuando no posean el control efectivo de la sociedad quedarán incluidos en éste los siguientes administradores:
o        Los administradores activos o consejeros ejecutivos, sean o no socios,               
que tengan el cargo retribuido.
o        Los administradores activos o consejeros ejecutivos, retribuidos por su condición de trabajadores por cuenta de la sociedad.

1.2 Régimen general con exclusión de la protección por desempleo.
 Quedarían incluidos bajo este régimen especial los anteriores administradores cuando posean el control efectivo de la sociedad.
2. Los administradores pasivos o consejeros no ejecutivos.                                                  Que serían aquellos administradores cuya actividad se limita a participar en las reuniones del consejo de administración de la sociedad, teniendo una función meramente consultiva, a diferencia de la figura del consejero delegado o de la comisión ejecutiva que ejercerían la función de administradores activos de la sociedad.

La inclusión en los distintos regímenes de la Seguridad Social de estos administradores pasivos va a venir condicionada no por su carácter de administrador de la sociedad, sino por la relación laboral que pueda existir con la sociedad o su condición concurrente de socio trabajador.

4. TRABAJADORES DE ALTA DIRECCIÓN.
La Ley 50/1998 ha venido a modificar sustancialmente el régimen de la Seguridad Social para los trabajadores vinculados con la empresa por relación laboral especial de alta dirección distinguiendo: 

1. Régimen general                                                                                          
Quedan incluidos bajo este régimen los altos directivos que presten sus servicios para sociedades mercantiles en dos supuestos:
    • Cuando no formen parte del órgano de administración de la sociedad, 
      o bien formen parte del mismo como administradores pasivos o consejeros no ejecutivos
    • Cuando no posean el control efectivo de la sociedad de forma directa 
      (por su propia participación en el capital social) o indirecta (a través de familiares hasta el segundo grado con los que conviva, siempre que posean la mitad o más del capital social)
2. Régimen General con exclusión de la protección por desempleo y Fondo de Garantía Salaria.
Su encuadramiento bajo este régimen deberá realizarse obligatoriamente cuando además concurra en el trabajador de alta dirección el cargo de administrador activo o consejero ejecutivo de la sociedad y no posea el control efectivo directo o indirecto de la sociedad.


3. Régimen especial de Autónomos.
El alto directivo estará encuadrado bajo este régimen cuando posea el control efectivo de la sociedad, bien de forma directa o bien a través de familiares hasta el segundo grado con los que conviva y que en su conjunto posean la mitad o más del capital social. 

domingo

Control de calidad.

La calidad es la característica de un producto o servicio. La calidad de mi empresa será buena si llego a conseguir el objetivo que tenía planificado para la empresa. Tenemos que olvidarnos de la calidad buena o calidad mala en el ámbito empresarial, ya que esta calidad va a ir en función del objetivo que yo quiera conseguir. Un certificado de calidad importante es  Las normas ISO 9000 de calidad. Su implementación supone un duro trabajo pero ofrece numerosas ventajas en el trabajo:

- Estandarizar las actividades de los trabajadores de la empresa por medio de la documentación
- Incrementar la satisfacción de los clientes y asegurar la calidad de los productos y servicio, dada la estandarización de los procedimientos y actividades.
-Medir y monitorear el desempeño de los procesos.
-Incrementar la eficacion en el logro de sus objetivos
-Mejorar continuamente en los procesos, productos, eficacia...
-Reducir las incidencias negativas.

Pero también tiene sus desventajas:
-Los esfuerzos y costes que supone preparar la documentación y actualizarla regularmente.
-Los costes necesarios para implementar y mantener las medidas necesarias para cumplir con el estandar.

Esta familia de normas apareció en 1987, experimentó su mayor crecimiento a partir de la versión de 1994. La versión actual se reformó en 2008, publicada el 13 de noviembre de 2008



Costes fijos y costes variables

Los costes fijos son aquellos costes que no son sensibles a pequeños cambios en los niveles de actividad de una empresa, sino que permanecen invariables ante esos cambios, por ejemplo la luz es un coste fijo. Los costes variables son aquellos que se modifican de acuerdo a variaciones del nivel de actividad, se trata tanto de bienes como de servicios. Es decir, si el nivel de actividad decrece, estos costes decrecen, mientras que si el nivel de actividad aumenta, también lo hace esta clase de costes. Hoy en día las empresas intentan limitar los costes fijos y prefieren ir a costes variables, ya que los variables los vas a poder modificar pero los fijos serán gastos que están siempre. Muchas empresas hoy en día para ahorrar en gastos lo que hacen es subcontratar a una empresa, por ejemplo, una empresa contratará a otra para que cree la publicidad de su producto. Estos son funciones estratégicas de la empresa ya que son costes que la empresa hace variable. Hoy en día es mejor tener en tu empresa una serie de costes variables, y evitar los fijos. 
Dejo un enlace con un análisis de costes fijos y variables que me pareció muy interesante:

http://lanuevaeconomia.com/analisis-de-costos-fijos-y-costos-variables-para-saber-como-ganar-dinero.html


jueves

Como comenzar a ser un joven emprendedor.

Los emprendedores simplemente son personas como todos los demás, solo se diferencian en que son personas que deciden romper el cordón, es decir, se lanzan sin miedo al desafío de montar una empresa. ¿Como se les ocurre un día ese reto? Muy fácil, los emprendedores alguna vez trabajaron para alguien más y probablemente eran excelentes haciendo su trabajo pero cada mañana miraban a sus superiores y podrían pensar "si yo conozco más del negocio que este señor ¿por qué no soy capaz de crear mi propio negocio?" hasta que así lo hicieron. Pero adentrarse en el mundo del mercado no es tan fácil y mucho menos sacar una empresa adelante ya que  implica más trabajo del que pensábamos  toda la responsabilidad cae de nuestro hombro. Muchos emprendedores fallan porque estos hacen de su empresa aquel lugar de trabajo en el que se siente igual de encadenado que en su anterior trabajo, ya que este ve que no es tan fácil esto de empezar de cero y comienza a ver toda las dificultades a las que tendrá que enfrentarse. En mi opinión en una empresa hace falta tres personas imprescindible para que esta marche bien: el emprendedor, el gerente y el técnico. El emprendedor es el arquitecto del futuro, para quien toda situación representa una oportunidad. Al gerente le interesa el pasado en el sentido de estar siempre pendiente en cómo organizarse para hacer mejor las cosas, es quien ordena y planea. Y el técnico es quien pone manos a la obra. lo primero que deben tener claro los emprendedores es que su empresa y su vida son dos cosas totalmente distintas, ya que cuando están al frente de todo pierden el control de sus vidas y es cuando las cosas empiezan a torcerse. Los mejores emprendedores y empresas arrancan desde el comienzo con una perspectiva totalmente distinta, la idea para mi opinión es principalmente perfeccionar la empresa antes que otra cosa, es decir, preguntarse como va a ser la empresa en un futuro y avanzar con esa idea en la cabeza. Lo último que hay que tener claro para el avance de una empresa es, no estar siempre del todo satisfecho con lo que tiene o con lo que consigue, hay que ser un poco ambicioso y pensar siempre en que todo se puede mejorar un poco más, y para mi estas son mi opiniones de como comenzar en el negocio de las empresas.

El diseño de las empresas.

Una de las técnicas que debe utilizar una empresa es el diseño, ya que este es el que atraerá a los clientes. El diseño de una empresa tiene que ser flexible y muy abierto, y sobre todo que las personas que manejen la empresa estén dispuestos al cambio continuo ya que siempre tendrán que ir cambiando debido a que las modas cambian y el 90% de la sociedad las sigue. Esto es sobre todo muy importante en las empresas pequeñas, estas incluso deberían pedirle opiniones al cliente sobre el diseño o la calidad ya que es el cliente quien tiene que estar conforme. En una empresa pequeña importa mucho el empuje que le den los trabajadores que trabajan dentro de esta, por ello los trabajadores deben tener una mente muy abierta y crear un diseño complejo del producto que se ofrece y asesorar al cliente, para así captar su atención, informándole sobre el producto que se ofrece para que el cliente vea que usted entiende bien de lo que esta hablando y ofreciendo y éste se quede satisfecho del trato y de la atención, lo que hará que poco a poco una pequeña empresa pueda llegar a ser una empresa de gran importancia.

martes

El marketing está en todos lados.

Hoy en mi primera clase hemos comenzado a hablar sobre las funciones que se desarrollan en una empresa, una de las funciones de la que hemos hablado es el marketing, y me ha impactado el echo de que cada día todos y cada uno de nosotros estamos rodeados de anuncios de publicidad que nos llaman la atención y que al final consiguen su finalidad que es que contratemos lo que nos ofrecen, o que compremos algún producto, etc.. El marketing se define como «el proceso social y administrativo por el que los grupos e individuos satisfacen sus necesidades al crear e intercambiar bienes y servicios», más bien satisfacen sus necesidades aquellas grandes empresas que consiguen engañarnos, pero tontos nosotros que nos dejamos engañar, y sobre todo hoy en día donde las nuevas tecnologías hacen que continuamente estemos en contacto con publicidad con esto de las redes sociales. Para finalizar solo añadir que aunque nos rodeemos cada día de miles de anuncios, de carteles, de vídeos, de páginas y millones de cosas mas relacionadas con el marketing, antes de dejarse llevar pensar realmente si lo que nos ofrecen es algo de calidad o que se gastan más en publicidad y no hacen que el cliente esté satisfecho. También me gustaría añadir un enlace con un vídeo de una de las empresas que para mí, tiene un gran trabajo realizado en el marketing del producto, la Coca-Cola.